LGTBIQ Archives | CELIG - Firma Legal para la comunidad LGBTIQ+ https://celigcr.com/tag/lgtbiq/ Firma Legal para la comunidad LGBTIQ+ Fri, 31 Mar 2023 22:13:36 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.7.2 https://celigcr.com/wp-content/uploads/2023/03/cropped-cropped-cropped-celig_firma-legal-lgbtiq-icon-1-32x32.jpg LGTBIQ Archives | CELIG - Firma Legal para la comunidad LGBTIQ+ https://celigcr.com/tag/lgtbiq/ 32 32 Licencia de maternidad y su aplicación en las parejas del mismo sexo https://celigcr.com/licencia-de-maternidad-y-su-aplicacion-en-las-parejas-del-mismo-sexo/ Wed, 21 Aug 2019 15:40:47 +0000 https://celigcr.com/?p=2674 Nuestra normativa laboral contempla la licencia de maternidad de 4 meses, un mes antes del parto, y tres meses después; así como una licencia de maternidad de tres meses para aquellas madres que adopten a un menor de edad. Esta disposición legal está bastante clara en la práctica y la legislación. No obstante, y a…

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Nuestra normativa laboral contempla la licencia de maternidad de 4 meses, un mes antes del parto, y tres meses después; así como una licencia de maternidad de tres meses para aquellas madres que adopten a un menor de edad.

Esta disposición legal está bastante clara en la práctica y la legislación. No obstante, y a raíz de la reciente sentencia de la Sala Constitucional que le otorga un plazo máximo a la Asamblea Legislativa hasta mayo del 2020 para regular el matrimonio igualitario en nuestro país, de la mano con la Opinión Consultiva realizada a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la misma línea, surge la duda de qué pasará y cómo se regulará la licencia de maternidad en aquellas parejas del mismo sexo, ya sea las constituidas por dos mujeres o bien por dos hombres.

En el caso de las parejas del mismo sexo constituidas por dos mujeres, se nos presentan dos supuestos:

  • Aquellos casos en los que una de las madres sea la madre biológica del menor, en cuyo caso la licencia de maternidad se le aplicaría directamente a esa mujer.
  • Casos de adopción: en cuyo caso se debe regular cómo se determinaría cuál de las mujeres gozaría de la licencia de maternidad.

Recordemos que últimamente se ha estado conversando en la corriente legislativa sobre la posibilidad de un proyecto de ley para regular la licencia de paternidad en el sector público y privado, no obstante éste todavía no ha sido presentado. La aprobación de una ley en dicho sentido, traería a discusión otro supuesto en determinar cuál de los miebros de una pareja del mismo sexo gozaría del equivalente a la licencia de maternidad, y cuál al equivalente a la licencia de paternidad en los casos de adopción de menores de edad.

Por otro lado, en las parejas del mismo sexo constituidas por dos hombres, se debe regular cómo establecer cuál de los padres podría optar por el equivalente a una licencia de maternidad ante la adopción de un niño por parte de ambos.

Faltan 278 días para que la Asamblea Legislativa cumpla con el plazo máximo otorgado por la Sala Constitucional para la entrada en vigencia del matrimonio igualitario en nuestro país. Y todavía son muchos los vacíos legales que nos intrigan como es el tema de las licencias de maternidad y su regularización en las parejas del mismo sexo.

No obstante, existen otros países que podemos utilizar como ejemplo que al día de hoy ya permiten el matrimonio igualitario, y por ende han regulado las licencias de maternidad en estos casos, inclusive algunos de ellos permiten la licencia de paternidad, como el caso de España. Este país ha dispuesto que en dichos casos, uno de los padres o madres debe gozar por el equivalente a la Licencia de Maternidad y el otro a la de Paternidad, o bien compatibilizar la licencia de maternidad, eso si, cuando ambos padres  o madres sean los que adopten al menor en conjunto.

En Celig queremos saber su opinión sobre esta temática, no dudes en dejarnos tus comentarios sobre este y otros temas. 

Puedes contactarnos  al teléfono 2253-0256 o escribirnos al correo electrónico info@celigcr.com

Estamos ubicados en San José, Barrio Escalante.

Licda- Nathalie Tess Blau Solano y M.Sc. Ana Isabel Sibaja Rojas

CELIG – Centro para el Litigio Igualitario       

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Directriz busca obtener información sobre la población LGTBI https://celigcr.com/directriz-busca-obtener-informacion-sobre-la-poblacion-lgtbi/ Wed, 22 May 2019 10:52:35 +0000 https://celigcr.com/?p=2115 Esta semana el Gobierno firmó una Directriz que instruye a las instituciones de la Administración Pública a recopilar datos sobre la Población LGTBIQ en sus fichas de información, mediante la recopilación adecuada de variables de identidad de género y orientación sexual. Esta iniciativa se encuentra plasmada en la Directriz 047-P cuyo objetivo es solventar la…

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Esta semana el Gobierno firmó una Directriz que instruye a las instituciones de la Administración Pública a recopilar datos sobre la Población LGTBIQ en sus fichas de información, mediante la recopilación adecuada de variables de identidad de género y orientación sexual.

Esta iniciativa se encuentra plasmada en la Directriz 047-P cuyo objetivo es solventar la falta de información que a nivel nacional se tiene de la población LGTBIQ. Información que ha sido reconocida por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo de gran importancia para el respeto de los Derechos Humanos de esta Población, no solamente en cuanto al permitir el conocimiento del porcentaje de personas que conforman esta población, si no en cuanto al conocimiento real de las condiciones en las cuales viven estas personas en cada país. Datos que le permitirían al Estado adecuar de manera idónea las políticas públicas para el respeto y protección de los Derechos Humanos de la comunidad LGTBIQ.

Con esta Directriz esperamos que a nivel de las instituciones publicas se comience a plasmar en las estadísticas nacionales los datos reales de la población LGTBIQ que conforman nuestro país. Y que ello sea una herramienta certera en el cambio hacia una protección efectiva de los Derechos Humanos.

Asimismo, esta recopilación de información debe seguir criterios técnicos que precisamente velen por el respeto de la población y sean libres de discriminación.

Si desea obtener más información o concertar una cita con nosotros, llámenos a los teléfonos 2253-0256 o escríbanos al correo electrónico info@celigcr.com

Somos especialistas en litigio igualitario.

Estamos ubicados en San José, Barrio Escalante.

Licda. Nathalie Blau y M.Sc. Ana Isabel Sibaja Rojas

CELIG – Centro para el Litigio Igualitario

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