licencia de paternidad Archives | CELIG - Firma Legal para la comunidad LGBTIQ+ https://celigcr.com/tag/licencia-de-paternidad/ Firma Legal para la comunidad LGBTIQ+ Fri, 31 Mar 2023 22:09:49 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.7.2 https://celigcr.com/wp-content/uploads/2023/03/cropped-cropped-cropped-celig_firma-legal-lgbtiq-icon-1-32x32.jpg licencia de paternidad Archives | CELIG - Firma Legal para la comunidad LGBTIQ+ https://celigcr.com/tag/licencia-de-paternidad/ 32 32 Licencia de maternidad y su aplicación en las parejas del mismo sexo https://celigcr.com/licencia-de-maternidad-y-su-aplicacion-en-las-parejas-del-mismo-sexo/ Wed, 21 Aug 2019 15:40:47 +0000 https://celigcr.com/?p=2674 Nuestra normativa laboral contempla la licencia de maternidad de 4 meses, un mes antes del parto, y tres meses después; así como una licencia de maternidad de tres meses para aquellas madres que adopten a un menor de edad. Esta disposición legal está bastante clara en la práctica y la legislación. No obstante, y a…

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Nuestra normativa laboral contempla la licencia de maternidad de 4 meses, un mes antes del parto, y tres meses después; así como una licencia de maternidad de tres meses para aquellas madres que adopten a un menor de edad.

Esta disposición legal está bastante clara en la práctica y la legislación. No obstante, y a raíz de la reciente sentencia de la Sala Constitucional que le otorga un plazo máximo a la Asamblea Legislativa hasta mayo del 2020 para regular el matrimonio igualitario en nuestro país, de la mano con la Opinión Consultiva realizada a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la misma línea, surge la duda de qué pasará y cómo se regulará la licencia de maternidad en aquellas parejas del mismo sexo, ya sea las constituidas por dos mujeres o bien por dos hombres.

En el caso de las parejas del mismo sexo constituidas por dos mujeres, se nos presentan dos supuestos:

  • Aquellos casos en los que una de las madres sea la madre biológica del menor, en cuyo caso la licencia de maternidad se le aplicaría directamente a esa mujer.
  • Casos de adopción: en cuyo caso se debe regular cómo se determinaría cuál de las mujeres gozaría de la licencia de maternidad.

Recordemos que últimamente se ha estado conversando en la corriente legislativa sobre la posibilidad de un proyecto de ley para regular la licencia de paternidad en el sector público y privado, no obstante éste todavía no ha sido presentado. La aprobación de una ley en dicho sentido, traería a discusión otro supuesto en determinar cuál de los miebros de una pareja del mismo sexo gozaría del equivalente a la licencia de maternidad, y cuál al equivalente a la licencia de paternidad en los casos de adopción de menores de edad.

Por otro lado, en las parejas del mismo sexo constituidas por dos hombres, se debe regular cómo establecer cuál de los padres podría optar por el equivalente a una licencia de maternidad ante la adopción de un niño por parte de ambos.

Faltan 278 días para que la Asamblea Legislativa cumpla con el plazo máximo otorgado por la Sala Constitucional para la entrada en vigencia del matrimonio igualitario en nuestro país. Y todavía son muchos los vacíos legales que nos intrigan como es el tema de las licencias de maternidad y su regularización en las parejas del mismo sexo.

No obstante, existen otros países que podemos utilizar como ejemplo que al día de hoy ya permiten el matrimonio igualitario, y por ende han regulado las licencias de maternidad en estos casos, inclusive algunos de ellos permiten la licencia de paternidad, como el caso de España. Este país ha dispuesto que en dichos casos, uno de los padres o madres debe gozar por el equivalente a la Licencia de Maternidad y el otro a la de Paternidad, o bien compatibilizar la licencia de maternidad, eso si, cuando ambos padres  o madres sean los que adopten al menor en conjunto.

En Celig queremos saber su opinión sobre esta temática, no dudes en dejarnos tus comentarios sobre este y otros temas. 

Puedes contactarnos  al teléfono 2253-0256 o escribirnos al correo electrónico info@celigcr.com

Estamos ubicados en San José, Barrio Escalante.

Licda- Nathalie Tess Blau Solano y M.Sc. Ana Isabel Sibaja Rojas

CELIG – Centro para el Litigio Igualitario       

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Proyectos de Licencia de Paternidad en parejas del mismo sexo https://celigcr.com/proyectos-de-licencia-de-paternidad-en-parejas-del-mismo-sexo/ Wed, 07 Aug 2019 15:53:35 +0000 https://celigcr.com/?p=2557 Faltan 292 días para que la Asamblea Legislativa cumpla con el plazo máximo otorgado por la Sala Constitucional para la entrada en vigencia del matrimonio igualitario en nuestro país.  De conformidad con lo dictado por la Sala Constitucional, en dicho plazo máximo la Asamblea deberá haber legalizado el matrimonio igualitario y regularizado todas las condiciones…

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Faltan 292 días para que la Asamblea Legislativa cumpla con el plazo máximo otorgado por la Sala Constitucional para la entrada en vigencia del matrimonio igualitario en nuestro país. 

De conformidad con lo dictado por la Sala Constitucional, en dicho plazo máximo la Asamblea deberá haber legalizado el matrimonio igualitario y regularizado todas las condiciones necesarias para su aplicación en igualdad de condiciones con las parejas heterosexuales, incluyendo dentro de dichas regulaciones, la adopción de menores de edad y la respectiva licencia de maternidad.

Ahora bien, en los últimos meses se ha discutido en la corriente legislativa la posibilidad de legalizar la licencia de paternidad, si bien todavía el proyecto no se ha sido presentado, su discusión ya está siendo formulada. En dicho sentido, en marzo anterior la Presidencia de la República firmó un Decreto instando a la presentación de un proyecto interinstitucional para la implementación de la Licencia de Parternidad tanto en e sector público como privado.

En razón de lo anterior, surge la interrogante de cómo se aplicarían las licencias de paternidad y maternidad en las parejas del mismo sexo. 

Este aspecto debe ser contemplado sin duda alguna por la Asamblea Legislativa al momento de regular el matrimonio igualitario antes de mayo del 2020, al menos en lo que respecta la licencia vigente, establecida como una licencia de maternidad, de la cual debería poder gozar mínimo uno de los padres, sea una pareja compuesta por dos hombres, o dos mujeres, en el caso de adopción, o bien, de la madre biólogica del recién nacido, en una relación de dos mujeres, en las cuales una de ellas goce de dicho estatus.

¿Pero qué pasará si se aprueba la licencia de paternidad? Ello todavía no se sabe y es de dificil suposición, no obstante, podemos tomar como ejemplo algunos países Europeos como España, en el que está regulado el matrimonio igualitario y a su vez la Licencia de Paternidad.  Este país ha dispuesto que en dichos casos, uno de los padres o madres debe gozar por el equivalente a la Licencia de Maternidad y el otro a la de Paternidad, o bien compatibilizar la licencia de maternidad, eso si cuando ambos padres  o madres sean los que adopten al menor en conjunto.

En Celig queremos saber su opinión sobre esta temática, no dudes dejarnos tus comentarios sobre este y otros temas. 

Puedes contactarnos  al teléfono 2253-0256 o escribirnos al correo electrónico info@celigcr.com

Estamos ubicados en San José, Barrio Escalante.

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