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Licencia de maternidad entre parejas del mismo sexo

En nuestro país las parejas del mismo sexo pueden adoptar de forma conjunta, debiendo para ello cumplir con los requerimientos que exige nuestro ordenamiento jurídico.

En nuestra ley existe la licencia de maternidad para los casos de adopción. Período que es fundamental para la adaptación del menor o menores con la familia adoptante. Este derecho para parejas del mismo sexo, debe operar tanto para papás como para mamás adoptantes.

Esta licencia es de hasta tres meses posteriores a la entrega del o los adoptados o adoptadas. Y en caso de que existan menores en periodo de amamantamiento deberá otorgarse también el respectivo permiso de lactancia, en iguales condiciones que la madre biológica. Para ese efecto se deberá demostrar la lactancia efectiva de dicho menor o menores mediante dictamen médico.

¿Pero que pasa cuando son adopciones múltiples, como opera ese periodo de licencia de maternidad?

En estos casos se debe extender la licencia por un mes adicional por cada menor, esto después de vencido el plazo de los tres meses concedidos adicionalmente. Para el amamantamiento también se deberá tomar en cuenta la cantidad de menores en ese proceso, para que de conformidad con ello se otorgue la licencia respectiva.

Somos Celig-Centro para el Litigio Igualitario, la firma legal exclusiva para la población LGBTIQ.

Estamos ubicados en Costa Rica, San José, Barrio Dent.

Msc. Ana Isabel Sibaja Rojas

Fundadora de CELIG